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Cursos y Seminarios de Linux y Seguridad Informática

Ventajas fiscales: Los gastos de formación del personal permite una deducción del 5% en la cuota, tanto en el impuesto de sociedades (art. 36 ley 43/1995 I.S.) como en el IRPF (art. 55.2 ley 40/1998 IRPF) sobre el importe satisfecho por asistencia al curso.
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